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Certificado de discapacidad

¨El día 21 de julio de 2022, el Ministerio de salud y protección social emitió la resolución 1239 de 2022 “Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad”, al respecto nos permitimos realizar las siguientes precisiones:

 

  • FIDUPREVISORA S.A. y la NACIÓN – MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, llevan a cabo contrato que tiene como unas de sus finalidades, que se atienda oportunamente el pago de las prestaciones sociales, así como garantizar la adecuada prestación de los servicios médico-asistenciales del personal docente (en lo que actúa RedVital UT, e IPS Sumimedical), para dar cumplimiento a los propósitos que inspiraron la Ley 91 de 1.989.
  • En la Resolución 1239 de 2022en Articulo 3 dicta referente a la entrega de certificado de discapacidad que, “Dicho procedimiento debe realizarse por los equipos multidisciplinarios para certificación de discapacidad de las instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas por las secretarías de salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces”.

En conclusión, en el marco del artículo 19 de la resolución 1239 de 2022 “Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad”, el operador de servicios de salud, en este caso RedVital UT, garantizará a sus afiliados de forma completa y oportuna:

  • La obtención de la copia de la historia clínica en la que se incluya el diagnóstico de la clasificación Internacional de Enfermedades -CIE- vigente, relacionado con la discapacidad, los soportes de apoyo diagnóstico, la determinación de la necesidad de apoyos y ajustes razonables que se necesiten y la modalidad en la que se requiere la valoración clínica multidisciplinaria (institucional o domiciliaria).
  • La entrega de la copia de la historia clínica por parte del prestador de servicios de salud que la generó, en un término máximo de cinco (5) días calendario posteriores a la solicitud del afiliado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 102 del Decreto 2106 de 2019.

Es importante precisar que RedVital-UT no realizan actualmente la gestión para la valoración y certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad; si está bajo su responsabilidad la entrega de la historia clínica del usuario que la solicite para iniciar este trámite ante la entidad definida.

Para finalizar, se debe presentar la documentación suministrada al usuario ante la FIDUPREVISORA para dar continuidad al tramite de certificado de discapacidad, dicha entidad cuanta con atención presencial en la carrera 43b #14-59, piso 1, local4. Edificio Alcalá, barrio Manila, donde darán las respectivas indicaciones o por el canal virtual en el enlace https://pqrs.fiduprevisora.com.co/radicar.php donde puede radicar la respectiva solicitud.

REDVITAL UT, aprovecha la oportunidad para invitar al usuario a que cuando presente alguna observación del servicio, como primera opción, nos sea notificada en los canales estipulados por nuestra entidad para tal fin y desde allí se pueda brindar gestión, respuesta y solución resolutiva a su solicitud, los cuales son:

         Página web: www.sumimedical.com  link PQRSF / www.redvitalut.com  link PQRSF

         Medio telefónico: 4114488 – 018000413860

         Líneas COVID-19: 5201044 / 3222297928

 

Le recordamos, además, que el canal para sus trámites de órdenes de servicios u otros trámites administrativos, se deben realizar a través de los siguientes links www.redvitalut.com / www.sumimedical.com,  opción AUTOGESTIÓN o TRÁMITES ADMINISTRATIVOS y, el chat en línea Jorge te ayuda, donde podrá también solicitar información general de forma personalizada en tiempo real.

Esperamos con lo anterior haber dado respuesta a su requerimiento, cualquier inquietud adicional con gusto será atendida.

 

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